Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
marcas
page
post
actividades
dmach_tax
Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors
marcas
page
post
actividades
dmach_tax

Reglamento para Mascotas

El tenedor o propietario deberá evitar que el animal de compañía haga sus necesidades en los pasillos o cualquier instalación del centro comercial; en caso de que esto ocurra deberá limpiar inmediatamente, de tal forma que todo quede en perfectas condiciones.

  1. No se permite el ingreso de mascotas en las zonas de comidas (plazoleta de comidas y cafés) y baños.
  2. Cada marca dentro del centro comercial decide si las mascotas pueden ingresar a los establecimientos.
  3. No se permite el uso de las escaleras eléctricas para los perros. Únicamente pueden desplazarse por los ascensores.
  4. Tenga en cuenta que el ingreso al centro comercial con un animal de compañía está bajo la responsabilidad del propietario, por lo tanto, este debe cuidar las acciones o daños que la mascota cause al centro comercial, a los coches y/o a terceros.
  5. En caso que cualquier persona o mascota pueda resultar perjudicada por un animal, el dueño debe asumir total responsabilidad de los costos que se generen por el daño ocurrido.
  6. Los animales de compañía deberán portar en todo momento un collar que permita su identificación.
  7. No está permitido ingresar con su animal de compañía cuando esté en periodo (comúnmente conocido como celo).
  8. Como quiera que ostenta la guarda y custodia absoluta de su animal de compañía, al ingresar con este al centro comercial, exime y excluye de toda responsabilidad a este último por los daños materiales, físicos y/o morales que el animal de compañía pueda ocasionar a terceros.
  9. El tenedor o propietario asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto del animal de compañía, por su tenencia o propiedad o por el incumplimiento de las normas sobre tenencia animal; mantendrá indemne al centro comercial por cualquier reclamación o condena que se presente por estos hechos y reembolsará todos los gastos o costos en que este incurra.
  10. Las mascotas deben estar acompañadas de un adulto responsable.
  11. Si un niño se acerca a la mascota, el dueño debe advertir al acudiente si es un perro que se puede acercar o definitivamente no es amigable con las demás personas. Será responsabilidad tanto del dueño de la mascota como del acudiente del niño el manejo y riesgo de la situación, no haciendo responsable al centro comercial de la misma.
  12. Los tenedores o propietarios deben cumplir con lo contenido en la Ley 746 de 2002 y/o el Código Nacional de Policía y Convivencia, especialmente en lo relacionado con la obligación de portar bozal, traílla o correa y las normas de salubridad, higiene y seguridad.
  13. La posibilidad de ingresar dependerá de la disponibilidad de coches que exista en el centro comercial.
  14. No se podrán dejar animales de compañía solos o atados en las entradas o áreas del centro comercial.
  15. Lo anterior se exceptúa para los perros guías o lazarillos que acompañen a su propietario o tenedor.
  16. El animal de compañía debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana. El tenedor o propietario deberá portar siempre el carné de vacunación del animal de compañía. Este documento podrá ser requerido en cualquier momento por el centro comercial.
  17. Evite ingresar perros agresivos o ansiosos que no pueda controlar, especialmente ante el flujo constante de personas u otros animales.
  18. Al ingresar con el animal de compañía al centro comercial se entiende aceptada la política de ingreso establecida en el presente documento.
  19. El centro comercial se reserva la facultad de modificar o adicionar el presente reglamento en cualquier momento, de acuerdo con las políticas que considere más adecuadas para el funcionamiento del mismo.
  20. A fin de garantizar la seguridad e integridad de sus visitantes, proteger la salubridad pública y evitar situaciones de peligro o incomodidad para las personas o para los animales, Centro Comercial Micentro El Porvenir se reserva el derecho de admisión en el evento que lo considere conveniente. Se procederá a solicitar el retiro de los tenedores y de sus animales en situaciones que afecten la normal y tranquila estadía en el centro comercial o cuando no se cumplan con los requisitos mencionados en este documento.
  21. Centro Comercial Micentro El Porvenir entiende y respeta que existen personas que no profesan el mismo sentimiento afectivo por los animales de compañía y pueden sentir cierto rechazo, molestia o incomodidad con la presencia de cualquier tipo de animal. Por esto, nos reservamos el derecho de ingreso en casos puntuales.

Hola,  necesitas resolver alguna duda?

contacta con Micentro El Porvenir